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Canal de denuncias

Hemos implantado el Sistema Interno de Información (“SII o Canal de denuncias”) con el objetivo de prevenir riesgos penales y situaciones y conductas contrarias a las normas legales aplicables a la Organización y a su normativa interna.

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CEN ha implantado un Sistema Interno de Información (“SII o Canal de denuncias”), adecuado a lo establecido en la Ley 2/2023 de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, Dicho Sistema Interno de Información tiene como finalidad asegurar la efectividad del Código Ético de CEN, y del resto de la normativa interna relativa a la supervisión, vigilancia y control para la prevención de riesgos penales y situaciones y conductas contrarias a las normas legales aplicables a la organización y a su normativa interna.

Este SII, se constituye como una herramienta a disposición de todas las personas informantes, de todos los empleados de CEN, así como de terceros que de cualquier forma colaboren con la organización y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional. Se encuentra gestionado de forma segura, de modo que queda garantizada la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado en la comunicación.

Quien desee realizar cualquier comunicación podrá hacerlo, incluso de forma anónima por cualquiera de las vías que ofrece el SII de CEN, que se concretan en las siguientes:

  • Dirigiéndose por escrito al correo electrónico expresamente habilitado al efecto en la dirección: compliance@cen.es.
  • Solicitando una reunión presencial que deberá tener lugar en el plazo máximo de siete días desde la solicitud.

En el caso de que la comunicación se realice verbalmente, ésta será documentada por medio de grabación, previa advertencia al informador, o transcripción, dando la posibilidad al informador de revisar y validar tal transcripción.

En todas las comunicaciones se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante, de cualquier tercero mencionado en la comunicación y de las actuaciones que se desarrollen en la gestión y tramitación de las comunicaciones, así como la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado, no obstante, se permite la presentación de comunicaciones anónimas.

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